image

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL.
EXPEDIENTE: SX-JRC-309/2013.
ACTOR: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL.
AUTORIDAD RESPONSABLE:
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE OAXACA.
MAGISTRADO PONENTE:
OCTAVIO RAMOS RAMOS.
SECRETARIO: ARMANDO CORONEL MIRANDA.
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a cuatro de diciembre de dos mil trece.
VISTOS, para resolver, los autos del juicio de revisión constitucional electoral al rubro indicado, promovido por el Partido Revolucionario Institucional por conducto de Ervin Cristian Pérez Méndez quien se ostenta como representante propietario ante el Consejo Municipal Electoral de Tlacolula de Matamoros, Oaxaca, a fin de controvertir la sentencia dictada por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca el veintiséis de septiembre del año en curso, en los autos del recurso de inconformidad identificado con la clave RIN/EA/034/2013, mediante la cual confirmó los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de la elección de concejales del ayuntamiento del citado municipio; y

RESUELVE:
ÚNICO. Se confirma la sentencia dictada por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca, el veintiséis de septiembre del año en curso, en los autos del recurso de inconformidad identificado con la clave RIN/EA/034/2013 que confirmó la validez de la elección municipal de Tlacolula de Matamoros, Oaxaca y la expedición de la constancia de mayoría a la fórmula de candidatos postulada por la Coalición “Unidos por el Desarrollo”.