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Resuelve como infundado el incidente de incumplimiento de la suspensión provisional del juicio de amparo 482/2015, promovida por organizaciones civiles -representada por el ciudadano Ricardo Villavicencio Barras- notificó el Juez del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca.
· La autoridad judicial concluyó que el proyecto constructivo se encuentra fuera del polígono del Área Natural Protegida del Parque Estatal “Cerro del Fortín” y que su construcción cuenta con todos los permisos legales y ambientales.
· Gobierno del Estado de Oaxaca reitera su plena disposición de llevar a cabo el Centro Cultural y de Convenciones de Oaxaca, porque constituye un anhelo legítimo de la sociedad oaxaqueña y de los prestadores de servicios turísticos de la Zona Metropolitana de la Ciudad de Oaxaca de Juárez.

El Gobierno del Estado Libre y Soberano de Oaxaca hace del conocimiento de la Sociedad Oaxaqueña y de la Opinión Pública, que el Juzgado Primero de Distrito del Estado de Oaxaca resolvió infundada el incidente de incumplimiento de la suspensión provisional del juicio de amparo 482/2015 -respecto al proyecto constructivo del Centro Cultural y de Convenciones de Oaxaca- promovida por organizaciones civiles y representada por el ciudadano Ricardo Villavicencio Barras.

Mediante el documento OF.9660.II.A., el Juez de Distrito Miguel Arroyo Herrera, resolvió que el Gobierno de Oaxaca no cometió ningún desacato respecto a la suspensión provisional 482/2015 emitida el 28 de abril de 2015, al concluir lo siguiente:

TERCERO…“Por tanto, dicha autoridad concluyó que el inmueble se encuentra fuera del Parque Estatal Cerro del Fortín Área Natural Protegida, y que previamente al inicio de la ejecución de la obra se dio cumplimiento a las disposiciones legales, considerando también los efectos ambientales que traerá consigo la realización de la obra, contando con la autorización en materia de impacto ambiental por el Instituto Estatal de Ecología y Desarrollo Sustentable”.

Asimismo, el Juzgado Primero de Distrito precisó que aun cuando la parte quejosa ofreció diversas pruebas (documentales periodísticos e inspección ocular) -y si bien es cierto- que en ellas se advierte el inicio de la obra pública de estacionamiento a la que se refiere el escrito de denuncia; también lo es que de ellas no se advierte participación directa del Secretario de Turismo, y por el contrario, el Fideicomiso para el Desarrollo Logístico del Estado de Oaxaca se adjudicó el haber contratado tal construcción y adjuntó las constancias que lo justifican.

El Juez en la materia dejó en claro que la suspensión provisional del proyecto del Centro Cultural y de Convenciones de Oaxaca causaría efecto siempre y cuando su construcción esté prevista dentro del área protegida del mismo, y no se haya modificado tal naturaleza por diverso decreto; ordenanzas que fueron respetadas en todo momento y con apego irrestricto al mandato judicial acatado en tiempo y forma por parte del Gobierno del Estado de Oaxaca.

Por todo lo anterior y con fecha 8 de julio de 2015, el Juez del Juzgado Primero de Distrito, Miguel Arroyo Herrera, resolvió que;

“En consecuencia, debe desestimarse la denuncia del incumplimiento a la suspensión provisional decretada el veintiocho de abril de dos mil quince. Por lo expuesto y fundado se:

RESUELVE.

ÚNICO: Es infundado el incidente de incumplimiento de la suspensión provisional decretada el veintiocho de abril de dos mil quince, de conformidad con lo expuesto en el considerando tercero de esta resolución.

Esta decisión da también el fundamento para demostrar la inexistencia de los delitos por los cuales diversas autoridades estatales y municipales, fueron falsamente acusadas de desacato a una resolución judicial y que fue presentada por los quejosos ante el Ministerio Público Federal.

El Gobierno del Estado de Oaxaca es respetuoso de las ordenanzas emitidas por las instituciones judiciales y estará pendiente de las siguientes resoluciones que faltan en este proceso legal, donde con las pruebas y los informes rendidos, se continuará demostrando la legalidad del proyecto constructivo.

La Administración Estatal reitera su firme compromiso para llevar a cabo el proceso constructivo del Centro Cultural y de Convenciones de Oaxaca, porque constituye un anhelo legítimo de la sociedad oaxaqueña y de los prestadores de servicios turísticos de la Zona Metropolitana de la Ciudad de Oaxaca de Juárez, con la convicción de que se trata de un proyecto que aportará importantes beneficios de la actividad turística, cultural y comercial de la capital del estado, además de generar más infraestructura hotelera, restaurantera y de servicios turísticos, lo que se traduce también en mayores empleos en favor de las y los oaxaqueños.

Finalmente, y en virtud que la principal fuente de ingresos económicos de la entidad se sustenta a través de la actividad turística, la Administración Estatal precisa que la construcción del Centro Cultural y de Convenciones de Oaxaca permitirá reactivar este sector, al ser catalogado como necesario y estratégico para el desarrollo de la actividad turística y cultural, por la inmensa mayoría de organizaciones sociales, especialistas, sector privado y prestadores del ramo turístico.

Oaxaca de Juárez, 12 de julio de 2015