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La reforma fiscal en lo relativo a el nuevo Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) es una figura de carácter federal regulada por normas federales, que tiene como objetivo incorporar a las personas físicas con actividad empresarial y servicios profesionales que no requieran título profesional y obtengan ingresos de hasta dos millones de pesos estimados.

 

Así lo explicó la delegada de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente(PRODECON), Bárbara García Chávez, quien señaló que esta figura es transitoria y tendrá vigencia en los próximos 10 años.

 

Por ello, explicó que en el nuevo régimen fiscal habrá una exención del impuesto sobre la renta que será del cien por ciento desde el primer año en que inicien sus operaciones e irá incrementándose en un 10 por ciento en los siguientes diez años.

 

Siendo una reforma fiscal federal, añadió la delegada de PRODECON Oaxaca, la transición de REPECOS  al RIF no tendría porque incidir en el pago de contribuciones municipales, según la ley de ingresos estatal aprobada por el Congreso local, caso concreto la continuación de operaciones por una actividad económica comercial.

 

Se trata de dos ámbitos diferentes, por un lado impuestos de carácter federal y otro son derechos o productos municipales, de ahí que llamó a regidores y servidores públicos municipales a evitar confundir a la población porque nada tiene que ver la reforma fiscal que entró en operaciones este año y los pagos que imponen los ayuntamientos, como continuación de operaciones o el pago de una licencia, lo cual sí podría constituir una violación a los derechos económicos de la población oaxaqueña.