* El pleno de la LXIII Legislatura del Estado, respaldó la adición al artículo 12 de la Constitución Política del Estado de Oaxaca; propuesto por la Legisladora.

Con 28 votos a favor, este martes fue aprobada la Iniciativa que adiciona un párrafo vigésimo tercero al articulo 12 de la Constitución Política de Oaxaca, presentado por la diputada del Distrito XXI, Adriana Atristain Orozco para que el Estado otorgue y promueva que los particulares coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

En ese sentido, Atristain Orozco celebró que sus homólogos aprobaran el Dictamen en cuestión, que busca que las niñas y niños cuenten con una vida plena, a través de los preceptos legales correspondientes.

“Con este hecho, Oaxaca da muestra de la importancia que tiene la niñez, debemos estar entendidos que los derechos de las niñas y niños son los principios fundamentales y los elementos básicos que deben estar presentes en nuestra carta magna, con la finalidad de establecer disposiciones legales de carácter estatal para que en la práctica se garantice su estricto cumplimiento”, resaltó.

La Legisladora, añadió que aún cuando en la entidad existe una Ley de Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes que tiene como objetivo ser garante de programas y acciones en beneficio de la niñez a través de las autoridades estatales y municipales en el ejercicio de su función pública, privada o social; señaló que era necesario adicionar el artículo 12 de la Constitución del Estado de Oaxaca.

“Era necesario establecer en nuestra Constitución, que el Estado otorgue las facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez, ya que tiene la obligación de tomar todas las medidas administrativas, judiciales, legislativas y de otra índole, para asegurar que las y los niños disfruten plenamente de sus derechos”, subrayó Adriana Atristain.

Finalmente, reiteró que la adición al artículo 12 de la Constitución Estatal coadyuva para que a través de las instancias correspondientes se dé eficaz cumplimiento de los derechos, y la protección del Interés Superior de la Niñez, que es prioridad, no sólo para las autoridades que cuentan con mecanismos de protección de los derechos humanos, sino también para la sociedad civil y particulares.