• Atenderá el consumo problemático de esta sustancia bajo los principios de respeto a los derechos humanos, fomento a la paz, salud pública, protección de grupos vulnerables y justicia social


El Pleno del Senado aprobó en lo general, con 82 votos a favor, 18 en contra y siete abstenciones, el dictamen por el que se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.

Previo a la discusión del dictamen, las Comisiones Unidas de Justicia; de Salud; y de Estudios Legislativos, Segunda, presentaron un adendum con modificaciones al dictamen, las cuales fueron aprobadas, en votación económica, por las y los integrantes de la Cámara Alta.

En una votación dividida, incluso entre legisladoras y legisladores del mismo Grupo Parlamentario, el Senado dio cumplimiento a la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para legislar en la materia, después de que el máximo órgano judicial considerara que su prohibición transgredía el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

La propuesta tiene como eje rector la promoción, respeto, protección y garantía de los Derechos Humanos, las libertades fundamentales y la dignidad humana, en los términos previstos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

También, tiene como objetivo fomentar la paz y la seguridad de la sociedad, contribuyendo en la disminución del mercado ilegal del cannabis psicoactivo y con ello, del crimen organizado, la corrupción y la violencia.

Asimismo, busca combatir el consumo problemático del cannabis psicoactivo con un enfoque de salud pública, aplicando el reforzamiento de políticas y medidas de prevención, intervención oportuna, atención, tratamiento, recuperación, rehabilitación y reinserción social.

Las medidas que el Gobierno Federal adopte en la regulación del cannabis y sus derivados deberán siempre garantizar la protección de grupos en situación de vulnerabilidad y desventaja, como niños, niñas y adolescentes, mujeres, comunidad LGBTTTI+, personas mayores y personas con discapacidad.

Además, a pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarias, ejidos y comunidades agrarias, comunidades en situación de marginación o que, por sus condiciones, características o por haber sido afectados por el sistema prohibitivo, deban tener una atención prioritaria.

La rectoría sobre la cadena productiva del cannabis y sus derivados, y su consumo, estará a cargo de la Secretaría de Salud a través del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis. Dicho órgano desconcentrado contará con una Dirección General, cuya persona titular será nombrada y removida libremente por el titular de la Secretaría de Salud.

Queda permitido a personas mayores de edad consumir cannabis psicoactivo, siempre que no se realice frente a alguna persona menor de dieciocho años o cualquier otra imposibilitada para manifestar expresamente su consentimiento libre e informado y que pudiera resultar expuesta al impacto nocivo del humo de segunda mano; así como realizarlo únicamente en su vivienda.

Además, para el autoconsumo se limita a la cantidad de seis plantas de cannabis psicoactivo, así como el producto de la cosecha de la plantación por persona, las cuales deberán permanecer en la vivienda o casa habitación de quien la consume. En caso de que en el domicilio viva más de una persona consumidora mayor de edad, el monto de plantas de cannabis de efecto psicoactivo y el producto de la cosecha de la plantación no podrá exceder de ocho.

La venta del cannabis psicoactivo y sus derivados estará permitida para uso adulto sólo dentro del territorio y se delimitará a los establecimientos autorizados por el Instituto, quienes deberán obtener una licencia expedida por éste y cumplir los requisitos que esta Ley y la demás normatividad aplicable establezca.

Las licencias de cultivo, trasformación y comercialización se excluyen entre sí, sin embargo, exceptúan de esta disposición las licencias de exportación o importación de cannabis no psicoactivo, las cuales podrán otorgarse con otro tipo de licencia. La propuesta anterior excluía este último tipo de licencia.

Los pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarias, ejidos y comunidades agrarias, comunidades en situación de marginación o que, por sus condiciones, características o por haber sido afectados por el sistema prohibitivo, deban tener una atención prioritaria o que se encuentren en estado de vulnerabilidad, estarán exentos de esta última disposición.

En aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis psicoactivo, será remitido a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México o su homóloga en las entidades federativas, sin perjuicio de su denominación y se le impondrá una multa que va de 60 hasta 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La posesión del cannabis psicoactivo sólo será sancionable penalmente cuando sea superior a los 200 gramos.

La siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana no será punible cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos y científicos. Asimismo, se elimina el cáñamo de la lista de sustancias psicoactivas.

La Secretaría de Salud, en un plazo que no excederá de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, realizará las adecuaciones reglamentarias correspondientes para armonizarlas con el texto de la presente Ley.

El presidente de la Comisión de Justicia, Julio Menchaca Salazar, destacó que con este dictamen se garantiza el libre desarrollo de la personalidad y se “pone orden” en el uso de una planta que ha sido estigmatizada más de 100 años por una política prohibicionista que persigue y criminaliza a quien la consume, y que ha provocado violencia, crimen organizado y un ambiente de inseguridad para los mexicanos.

Reconoció que se trata de uno de los temas de los más polémicos de la LXIV Legislatura, pero es obligación de los legisladores establecer las reglas para un producto que no sólo tiene propiedades psicoactivas, sino del que se puede aprovechar el cáñamo en la conducción de electricidad o en la industria textil.

Por la Comisión de Salud, el senador Américo Villarreal Anaya afirmó que la Ley abre la posibilidad de generar investigación y evidencia científica para el uso medicinal del cannabis en beneficio de la población que lo requiera y sin poner en riesgo a nadie. Por primera vez en la historia de México, dijo, se enfrenta el reto de legislar en un tema que ha estado vetado en gobiernos anteriores.

El senador Miguel Ángel Mancera Espinosa, del PRD, señaló que la prohibición, hasta hoy, evita el ejercicio de derechos al desarrollo de la libre personalidad. Por eso, dijo, contribuimos a esta regulación para dar un paso jurídico hacia el derecho a la salud, la libertad y para que los campesinos participen en la cadena productiva. La nueva legislación es porque México no podía quedarse rezagado en la materia, subrayó.

La senadora Cora Cecilia Pinedo Alonso, del PT, afirmó que con el presente dictamen se abre una posibilidad de avance y desarrollo social, económico y en materia de consumo libre de cannabis. En el caso del cáñamo, señaló, su industrialización puede ser una oportunidad de desarrollo del campo mexicano. “Confiamos que se impulse su producción, comercialización e industrialización; que no se le considere como droga y su cultivo deje de ser ilegal”, sugirió.

De MC, el senador Dante Delgado puntualizó que se establece el retiro de antecedentes penales de manera explícita para todas las personas sentenciadas o procesadas y se evita la criminalización de quienes buscan cuidar la salud de sus seres queridos. Al mismo tiempo, indicó que se pasó de un proyecto altamente punitivo de híper regulación y de exclusión de productores y campesinos mexicanos a uno garantista e incluyente.

A favor, el senador Raúl Bolaños Cacho Cue, del PVEM, dijo que la aprobación de este dictamen es la confirmación de que México se transforma por el bien de los ciudadanos. La regulación del cannabis es una necesidad social, económica y ambiental, en la que se coloca al ciudadano al centro de las políticas públicas y con un enfoque que beneficie la prevención, atención al consumo problemático, su rehabilitación y la reinserción social.

La senadora Sylvana Beltrones Sánchez, del PRI, indicó que no se puede abordar el tema de las drogas a partir de la imposición de castigos, no se debe de tratar a los consumidores como delincuentes sino como pacientes y por eso, el Estado debe establecer políticas, programas, y campañas agresivas de prevención.

El senador Damián Zepeda Vidales, indicó que el Grupo Parlamentario de Acción Nacional hoy se manifiesta en contra de que en México se abra el mercado de las drogas. “Estamos en contra de que se liberalice la venta de drogas como la mariguana en el país”, apuntó.

La preocupación por regular el uso del cannabis parte del reconocimiento del derecho humano al libre desarrollo de la personalidad, el cual ante un sistema prohibicionista, como el vigente, ve socavada su efectividad, indicó la senadora Ana Lilia Rivera Rivera. Se trata de un criterio que Morena comparte con el Poder Judicial de la Federación que declaró inconstitucional la prohibición al respecto, contenida en la Ley General de Salud, apuntó.