Por mayoría de votos el pleno de este Tribunal resolvió el juicio de inconformidad identificado con la clave JI-133/2021, interpuesto por el PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA, que solicitaba la nulidad de la elección a la gubernatura. En la sentencia se determinó confirmar la validez de la elección, y como consecuencia el otorgamiento de la constancia de mayoría a la gubernatura del Estado de Nuevo León, al candidato del Partido Movimiento Ciudadano, Samuel García Sepúlveda.

Lo anterior al considerar que:

·       El apoyo recibido por el Candidato a la Gubernatura Samuel García por su esposa, Mariana Rodríguez, no puede ser objeto de contratos mercantiles debido a la relación conyugal entre ambos.

·       Mariana Rodríguez, a pesar de ser una Influencer reconocida, es esposa del candidato a gobernador que logro el triunfo en la elección y su relación está protegida por los derechos inherentes al matrimonio y la prohibición de ser cosificada o vista únicamente como objeto de entretenimiento, dada la cualidad intrínseca de la dignidad humana.

·       Por ende, el apoyo que brindó Mariana hacia su esposo, como Candidato de MC constituyó una acción de solidaridad y apoyo mutuo entre dos consortes.

·       Si bien es cierto que Mariana tiene registradas varias marcas comerciales, las mismas no fueron empleadas durante la candidatura a la gubernatura.

·       De acuerdo con el dictamen de fiscalización del INE de 22 de julio, el candidato a la gubernatura de MC no rebasó el tope de gastos de campaña.

·       El candidato a la gubernatura de Nuevo León de MC no ejerció violencia política de género porque una resolución de Sala Superior lo había eximido de esa infracción. 

·       El Presidente de la República no afectó la equidad y neutralidad en la campaña electoral a la gubernatura en Nuevo León, de tal manera que haya trascendido de manera grave, dolosa y determinante.

Las publicaciones efectuadas en las redes sociales del candidato de MC y su esposa durante el día de la jornada electoral están amparadas por el ejercicio de la libertad de expresión