Será delito electoral el condicionamiento de la ayuda humanitaria
La Cámara de Diputados aprobó, con 394 votos, reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley General en materia de Delitos Electorales
Aprueban considerar como delito electoral el condicionamiento de la ayuda humanitaria
La Cámara de Diputados aprobó, con 394 votos, reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley General en materia de Delitos Electorales, con el objetivo de que se considere como delito el condicionamiento de la ayuda humanitaria.
El dictamen, remitido al Senado de la República, modifica los artículos 3, 7, 9, 11 y 20 de dicha norma, para establecer que se impondrán de cincuenta a cien días de multa, y prisión de seis meses a tres años, a quien condicione la entrega de bienes destinados a ayuda humanitaria.
Del mismo modo, se impondrán de cien a doscientos días de multa y prisión de dos a seis años, al funcionario partidista o al candidato que durante la etapa de preparación de la elección o en la jornada electoral, solicite votos por entrega de bienes destinados a ayuda humanitaria.
También se impondrán de doscientos a cuatrocientos días de multa y prisión de dos a nueve años, al servidor público que condicione la entrega de bienes destinados a ayuda humanitaria a la emisión del sufragio en favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho del voto o al compromiso de no votar.
Se impondrán de doscientos a cuatrocientos días de multa y prisión de dos a nueve años, al servidor público que durante el procedimiento de consulta popular condicione la entrega de bienes destinados a ayuda humanitaria, a la emisión del sufragio a favor de una opción dentro de la consulta popular.
Se define a la ayuda humanitaria de emergencia, como la ayuda temporal e inmediata que proporcione el gobierno federal encaminada a acciones de auxilio, asistencia y apoyo a la población, con el objetivo de atenuar las necesidades básicas en alimentación, aseo personal, atención médica, transporte, alojamiento o vivienda; a fin de atender una emergencia provocada por un fenómeno perturbador.
Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, diputada Pilar Ortega Martínez (PAN), resaltó que con esta reforma se pretende lograr que haya un cambio radical en el comportamiento de quienes hoy usando una etiqueta de servidor público, se sirven de este tipo de bienes de ayuda humanitaria.
“Esperamos que no lleguen más desastres naturales, pero que en caso de que esto ocurra, tenemos la obligación de hacer que las leyes impidan que haya quienes obtengan un beneficio, ya sea de carácter económico o político, y por ello se sancione a quien pretenda hacerlo, más aún a quien pretenda beneficiar a una causa política”, dijo.
La diputada Margarita García García (PT), promovente de la iniciativa, se congratuló porque realmente exista ya en la ley, el delito por el condicionamiento de la ayuda humanitaria, “para que no lucren con el dolor de la gente”.
Con esta reforma, dijo, se evitará que la ayuda humanitaria enviada a las personas afectadas por catástrofes, se utilice para fines distintos, pero, sobre todo, que “se dé mayor certeza a todos los ciudadanos de que cuando exista alguna situación de emergencia que requiera del envío y entrega de ayuda en especie y ésta no se realice de manera adecuada, el acto no quede impune”.