Oaxaca y la violencia de género.
En el Estado de Oaxaca, tierra de Juárez y legalidad.
Hoy más que nunca se vive un proceso claro de vulneración de Derechos Humanos contra la mujer, violencia de género y nula independencia judicial.
Tiene su origen en la convocatoria publicada en el Periódico Oficial del Estado, el veintidos de marzo del actual, para ocupar dos vacantes de Magistradas (os) del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, que después de seguir un proceso de selección, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, remitió al Gobernador de Oaxaca, una lista de ocho candidatos y candidatas, de la cual, éste a su vez remitió una terna al Congreso del Estado de Oaxaca, para su votación y designación, teniendo para ello veinte dias naturales, y para el caso de que el Congreso no se pronunciara en dicho plazo, regresaria la facultad al Ejecutivo, para que éste designara a una de las tres personas señaladas por él mismo en la terna remitida.
En el caso particular, la terna estaba integrada por: Alejandro Magno González Antonio (Vicefiscal General del Estado de Oaxaca) Abraham Isaac Soriano Reyes (Consejero del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Oaxaca) y Jessica Maribel Arango Bravo (Jueza Civil del Poder Judicial).
El 04 de mayo de 2021, ante la omisión del Congreso del Estado, el Gobernador culminó designando como Magistrado a Abraham Isaac Soriano Reyes (Consejero del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Oaxaca) violando en todo momento el derecho de las mujeres de acceso a un cargo Público, invisibilizando a la única mujer que se encontraba en la terna por él mismo remitida, a pesar de que ésta es la única que cuenta con Doctorado en Derecho con Mención Honorifica, con obra publicada de relevancia histórica, con carrera judicial consolidada, no obstante, incumplió con el mandato constitucional e internacional de equidad de género y paridad, invisibilizando a las mujeres, a pesar de tener la obligación Constitucional de atender en la designación a la paridad de género, sector históricamente vulnerado.
Máxime que en la actualidad el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca se encuentra integrado por: 7 mujeres magistradas frente a 22
magistrados hombres, lo que representa el 24% de mujeres, frente a un 76% de hombres, evidenciando la recurrente violencia estructural y sistemática que se vive por parte de las instituciones del Estado Mexicano, por designar a dos hombres en las vacantes ofertadas.
Sumado a lo anterior, Abraham Isaac Soriano Reyes, cuenta con impedimento Constitucional para ser designado Magistrado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100, fracción VI de la Constitución Local, al haber sido Consejero del Consejo de la Judicatura del Estado de Oaxaca, propiamente Magistrado Administrativo, equivalente a secretario de despacho, lo que desde luego le impide ser designado como magistrado, sumado a que ejerció doble cargo desde su designación por el ejecutivo, 04 de mayo de 2021, ya que renunció hasta el 12 de mayo de 2021, para que le pagaran su salario de Consejero y su respectivo aguinaldo, no queria quedarse sin sus dos cargos, lo que desde luego constituye un delito, con todo eso en contra, fue una decisión «soberana» le llama el ejecutivo, designar a Abraham Isaac Soriano Reyes, aun cuando Constitucionalmente es imposible, sustentando entonces un acto arbitrario, ilegal, inconstitucional y violatorio de derechos humanos y discriminatorio principalmente contra las mujeres y contra su competidora.
Atentamente.
BARRA MIXTA DE PROCURADORES DE JUSTICIA. A. C., representada por la LIC. KARINA DEL RUBY DELGADILLO HERNÁNDEZ, en su calidad de presidenta del consejo directivo.
PRAXIS UNIVERSITARIA, CATEDRÁTICOS, ESTUDIANTES Y SOCIEDAD UNIDOS POR LA JUSTICIA A.C., representada por LIC. GUSTAVO ALEJANDRO CRUZ, en su calidad de presidente del consejo directivo.
LIC. ANGEL GARCÍA GARCÍA, como persona fisica y representante de abogados litigantes del Estado de Oaxaca en Linea Horizontal, con cedula número 6030025, con registro 97602, ante los tribunales federales.
Oaxaca de Juárez Oaxaca, a cinco de julio del año dos mil veintiuno.