Aprueba Congreso modificación de nombres a dependencias gubernamentales
• Estos cambios de denominación tienen la finalidad de armonizarlos con la visión de la nueva administración pública estatal.
San Raymundo Jalpan, Oax. 05 de enero de 2023.- Con 29 votos a favor, el Pleno de la 65 Legislatura local aprobó la iniciativa de reforma enviada por el gobernador de Oaxaca, Salomón Jara Cruz, con la que se modifican los nombres de los organismos públicos descentralizados del gobierno estatal.
“Esta reforma de relevancia para la vida pública de Oaxaca es con el objetivo de sentar las bases desde el Poder Legislativo para lograr un mejor estado”, destacó el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), el diputado Luis Alfonso Silva Romo.
Las leyes que serán reformadas son de Agua Potable y Alcantarillado, de Caminos y Aeropistas, de Cultura Física y Deporte, de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos de Desastres, de Vivienda, así como la ley por la que se crea el Instituto de la Función Registral del Estado, la del Organismo Operador Público denominado Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca, y la ley que crea el Instituto Oaxaqueño de las Artesanías.
Con las reformas a dichas leyes, las dependencias quedarán de la siguiente manera: Comisión Estatal del Agua pasó a ser Comisión Estatal del Agua para el Bienestar; Servicios de Agua Potable y Alcantarillado a Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado.
De igual manera, Caminos y Aeropistas de Oaxaca ahora será Caminos Bienestar; el Instituto de Cultura Física y Deporte se modificó a Instituto del Deporte; la Coordinación Estatal de Protección Civil de Oaxaca a Coordinación Estatal de Protección Civil y Gestión de Riesgos.
Asimismo, la Comisión Estatal de Vivienda cambió a Vivienda Bienestar; el Instituto de la Función Registral del Estado a Instituto de la Función Registral; y el Instituto Oaxaqueño de las Artesanías a Instituto para el Fomento y la Protección de las Artesanías.
Habiendo sido aprobado, este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.