Entró en vigor de manera inmediata y es aplicable también a las y los operadores jurídicos del Estado, abogadas y abogados litigantes, personas justiciables y sociedad en general 

Ante la epidemia provocada por el COVID-19 y la actual situación de progresiva incorporación a las actividades presenciales conforme al plan de transición a la nueva normalidad en la entidad, el Poder Judicial del Estado implementó un Protocolo para la Prevención de Contagios por Covid-19 de las Personas Servidoras Públicas de esta institución, el cual es de observancia obligatoria y entró en vigor de manera inmediata. 

En el documento, aprobado por los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, encabezados por el Magistrado Presidente Eduardo Pinacho Sánchez, se establecen las medidas preventivas de equipamiento e higiene a las que deberán dar cumplimiento las y los servidores judiciales de las diferentes áreas o sedes del Poder Judicial, en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y/o administrativas, mismas que serán supervisadas por titulares de las áreas del órgano de impartición de justicia, o en su caso, las personas que se designen.

Dentro de los criterios de consideración, como el del ingreso y permanencia en las oficinas, se contemplan las siguientes medidas: las y los servidores públicos deberán guardar sana distancia (1.5 metros) entre ellos; los titulares o los encargados de la aplicación de este protocolo cuidarán que tanto los servidores públicos como las personas que acudan a la oficina guarden sana distancia, para lo cual colocarán la señalización correspondiente y no permitirán el acceso de acompañantes de los servidores públicos.

El o la titular del área organizará guardias y turnos de trabajo exentando a personas adultas mayores de 60 años cumplidos; trabajadoras que se encuentren en periodo de gestación o lactancia; madres o padres de familia a cargo del cuidado de menores de cinco años de edad; personas con enfermedades crónicas de tipo cardio-respiratorias, diabetes, hipertensión u obesidad mórbida; personas con inmunosupresión: cáncer, VIH, trasplante de órganos, mujeres en tratamientos de fertilidad, entre otros, así como fumadores diagnosticados con enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC).

El Protocolo para la Prevención de Contagios por Covid-19 de las Personas Servidoras Públicas del Poder Judicial del Estado de Oaxaca puede ser consultado en la página oficial del Poder Judicial www.tribunaloaxaca.gob.mx y en las redes sociales de la institución.

Se encontrará vigente mientras el Pleno del Tribunal Superior de Justicia y el Pleno del Consejo de la Judicatura no pronuncien otra determinación, en el marco de la evolución en el Estado de Oaxaca, y es aplicable también a las y los operadores jurídicos del Estado, abogadas y abogados litigantes, personas justiciables y sociedad en general que acuda a las instalaciones del Poder Judicial para realizar trámites legales y/o administrativos.