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COMPROMISO DE CIVILIDAD ENTRE LAS CANDIDATAS Y LOS CANDIDATOS A LA DIPUTACION FEDERAL POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA EN EL 08 DISTRITO ELECTORAL FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE OAXACA.
CONSIDERANDO
1. El Artículo 1, párrafo 4, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que la renovación de los poderes Ejecutivo y Legislativo de la Federación, así como los correspondientes a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y de los Ayuntamientos en los Estados de la Federación, y del Jefe de Gobierno, Diputados a la Asamblea Legislativa y los Jefes Delegacionales del Distrito Federal, se realizarán mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.

2. Que el Artículo 6 párrafos 1 y 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, señala que la promoción de la participación ciudadana para el ejercicio del derecho al sufragio corresponde al Instituto, a los Organismos Públicos Locales, a los Partidos Políticos y sus candidatos. El Instituto Emitirá las reglas a las que se sujetarán las campañas de promoción del voto que realicen otras organizaciones. El Instituto, en el ámbito de sus atribuciones, dispondrá lo necesario para asegurar el cumplimiento de las normas antes establecidas y de las demás dispuestas en esta Ley.

3. Que el Artículo 7, párrafos 1,2 y 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación que se ejerce para integrar órganos del estado de elección popular. También es derecho de los ciudadanos y obligación para los Partidos Políticos la igualdad de oportunidades y la paridad entre hombres y mujeres para tener acceso a cargos de elección popular. El voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible. Quedan prohibidos los actos que generen presión o coacción a los electores. Es derecho de los ciudadanos ser votados para todos los puestos de elección popular, teniendo las calidades que establece la Ley de la materia y solicitar su registro de manera independiente, cuando cumplan los requisitos, condiciones y términos que determine esta Ley.

4. Que el artículo 14, párrafo 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que la Cámara de Diputados se integra por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales. La Cámara de Diputados se renovará en su totalidad cada tres años.

5. Que el Artículo 22 párrafo 1, inciso a) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que las elecciones ordinarias deberán celebrarse el primer domingo de junio del año que corresponda, para elegir a Diputados Federales cada tres años.

6. Que el Artículo 29, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que el Instituto es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene esta Ley. El Instituto contará con los recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales que requiera para el ejercicio directo de sus facultades y atribuciones.

7. Por su parte el Artículo 30, párrafo 1, incisos a), d), e), f) y g); y 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, señala que son fines del Instituto el contribuir al desarrollo de la vida democrática; asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión, así como ejercer las funciones que la Constitución le otorga en los procesos electorales locales; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática; así como que todas las actividades del Instituto se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

8. Que el Artículo 3, párrafo 1, de la Ley General de Partidos Políticos establece que los partidos políticos son entidades de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral o ante los Organismos Públicos Locales, y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público.

9. Que el Artículo 25, párrafo 1, incisos a), b), o) y p) de la Ley General de Partidos Políticos señala como obligaciones de los partidos políticos el conducir sus actividades dentro de los cauces legales y ajustar su conducta y la de sus militantes a los principios del Estado democrático, respetando la libre participación política de los demás partidos políticos y los derechos de los ciudadanos; abstenerse de recurrir a la violencia y a cualquier acto que tenga por objeto o resultado alterar el orden público, perturbar el goce de las garantías o impedir el funcionamiento regular de los órganos de gobierno; abstenerse, en su propaganda política o electoral, de cualquier expresión que denigre a las instituciones y a los partidos políticos o que calumnie a las personas; abstenerse de utilizar símbolos religiosos, así como expresiones, alusiones o fundamentaciones de carácter religioso en su propaganda.
En atención a los preceptos legales anteriormente invocados, las candidatas y los candidatos a Diputados Federales por el Principio de Mayoría Relativa postulados por los Partidos Políticos ante el 08 Consejo Distrital del Instituto Nacional en el Estado de Oaxaca, expresan su voluntad y buena disposición para firmar el presente:

COMPROMISO DE CIVILIDAD DE RESPETO ESTRICTO
A LAS NORMAS ELECTORALES
• Los Partidos Políticos, las candidatas y candidatos a Diputados Federales por el Principio de Mayoría Relativa, nos comprometemos a respetar el principio de Legalidad y reconocimiento a las Leyes e Instituciones Electorales.

• Las candidatas y candidatos, nos comprometemos a no entregar, de manera directa o por terceras personas, ninguna dádiva (despensas, cemento, varilla, tarjetas de descuento, dinero en efectivo y todo lo prohibido por la ley) a cambio del voto de los ciudadanos.

• El próximo 7 de junio corresponderá a las ciudadanas y los ciudadanos oaxaqueños particularmente a los del ámbito de jurisdicción de este 08 Distrito Electoral Federal, tomar la decisión a través de la emisión de su voto libre y secreto de quien los representará ante el Congreso de la Unión.

• Sea cual fuere el resultado, expresamos por este medio nuestro firme compromiso de respeto a la legalidad.

• Reconocemos la participación y la entrega cívica de los ciudadanos que fungirán como Funcionarios de Casilla y confiamos en que su participación como autoridad electoral es una garantía de la limpieza y legalidad del Proceso Electoral.

• Hacemos un llamado a los ciudadanos y representantes de los Partidos Políticos, a que el 7 de junio hagan la labor que les corresponde para que se desarrollen los comicios en un ambiente de civilidad y tranquilidad; que incentivemos a las y los oaxaqueños a ejercer su derecho al sufragio y que nos permita avanzar en la maduración democrática que requiere la convivencia de nuestra pluralidad política.

• Expresamos nuestro más enérgico rechazo al uso de recursos públicos y programas sociales y cualquier otra expresión para coaccionar el voto.

• Manifestamos nuestro repudio a todo acto de violencia que inhibe la participación ciudadana en las elecciones del 7 de junio.

• Hacemos un llamado a los ciudadanos para que acudan a votar el 7 de junio, su participación será determinante en esta elección.
Así lo suscriben las y los Consejeros Electorales, las y los representantes de los Partidos Políticos, las y los candidatos a Diputados Federales por el Principio de Mayoría Relativa, ante el 08 Consejo Distrital Electoral del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Oaxaca, el día ________ de mayo de 2015

____________________________
Lic. Yolando Salvador Alvarado Vázquez
Consejero Presidente

____________________________
Lic. Raúl Méndez de los Santos
Consejero Electoral Propietario

____________________________
Lic. Fabiola Yaxaira Ramírez Cruz
Consejera Electoral Propietaria

____________________________
Lic. María Hypatia Ambrocio Hernández
Consejera Electoral Propietaria

____________________________
Lic. Elizabeth Olvera Vásquez
Consejera Electoral Propietaria

____________________________
Lic. Pascual Melchor Marcia
Consejero Electoral Propietario

____________________________
Lic. Miguel Ángel Vásquez de la Rosa
Consejero Electoral Propietario

Por los Partidos Políticos

____________________________
Lic. Mario Antonio Esteva Torralva
Representante Propietario del Partido Acción Nacional

____________________________
Lic. Valente Alejandro Juárez García
Representante Propietario del Partido Revolucionario Institucional

____________________________
Lic. Antelmo Sandoval Barrios
Representante Propietario del Partido
de la Revolución Democrática

____________________________
C.P. Guillermo Román Reyes
Representante Propietario del Partido
del Trabajo

____________________________
C. Raymundo Martín Ortíz Vega, Representante Propietario del Partido Verde Ecologista de México

____________________________
C. Jorge Arturo Breton Chiñas Representante Propietario de Movimiento Ciudadano

____________________________
Lic. Jesús Alberto Cervantes Ramírez Representante propietario de Nueva Alianza

____________________________
C Tania Caballero Navarro
Representante propietaria de MORENA

____________________________
C. David Hiram Díaz Estrada
Representante Propietario del Partido Humanista

____________________________
C. Arlet Sorely Cruz Cruz
Representante Propietaria del Partido Encuentro Social

Por las y los Candidatos a Diputados Federales
por el Principio de Mayoría Relativa

___________________________
C. Sergio Andrés Bello Guerra
Candidato Propietario del Partido Acción Nacional

___________________________
Beatriz Maria Rodríguez Casasnovas
Candidata Propietaria del Partido Revolucionario Institucional

___________________________
C. Miguel Ángel Morales Amaya
Candidato Propietario del Partido Verde Ecologista de México

___________________________
C. Alfonso Christian Rule Castro
Candidato Propietario de Movimiento Ciudadano

___________________________
C. Sofía Guadalupe Valdivia Martínez
Candidata Propietaria de Nueva Alianza

___________________________
C. Cruz Humberto Lopez Lena
Candidato Propietario de Morena

___________________________
C. Rosa Elba Cruz Luis
Candidata Propietaria del Partido Humanista

___________________________
C. José Jorge Trinidad Morales Alducin
Candidato Propietario del Partido Encuentro Social

___________________________
C. Francisco Martínez Neri
Candidato Propietario de la Coalición de Izquierda Progresista

Por la Delegación Estatal en Oaxaca
del Instituto Nacional Electoral

____________________________
Mtro. Roberto Heycher Cardiel Soto

PROYECTO DE LINEAMIENTOS PARA REALIZAR LOS DEBATES QUE SOSTENDRÁN LAS Y LOS DIRIGENTES DE PARTIDOS POLÍTICOS Y PERSONAS CANDIDATAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS A CARGOS DE DIPUTADO FEDERAL PARA EL PROCESO ELECTORAL 2015 EN EL ESTADO DE OAXACA.

JUSTIFICACIÓN

Los debates son un elemento importante para la difusión y confrontación de las ideas y programas de las candidatas y los candidatos, las coaliciones y los partidos políticos, por lo que resultan relevantes y necesarios dentro del Proceso Electoral, como ejercicios de comunicación política en una sociedad democrática. Por ello es preciso alentar y apoyar su celebración en el marco de la normativa aplicable, asegurando el más amplio ejercicio de la libertad de expresión, la equidad en la contienda electoral y el concurso de quienes participan en ésta o intervienen en tareas vinculadas al Proceso Electoral con la finalidad de promover el ejercicio del voto libre, informado y razonado de la ciudadanía.

CONCEPTO

Se entiende por debates, para efectos de estos Lineamientos, los actos públicos en el período de campaña, en los que participan candidatas y candidatos a un mismo cargo de elección popular o dirigentes de partidos políticos con el objeto de exponer y confrontar entre sí las propuestas, planteamientos y plataformas electorales, a fin de difundirlos como parte de un ejercicio democrático, bajo un formato previamente establecido y con observancia de los principios rectores del INE.

OBJETIVO DEL DEBATE

La Junta Local Ejecutiva del INE y cada una de las 11 Juntas Distritales Ejecutivas generarán un espacio para el diálogo y el intercambio de perspectivas con respecto a las diferentes propuestas que presentarán personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos a elección popular para este proceso electoral federal en el estado de Oaxaca y así enriquecer el debate democrático en miras a las jornada electoral a celebrarse el 7 de junio de 2015.

OBJETIVO DE LOS LINEAMIENTOS

Homologar entre las 11 Juntas Distritales Ejecutivas y la Junta Local del INE el procedimiento para la realización de los debates mismos que habrán de celebrarse antes del 30 de mayo de 2015 y en donde las y los dirigentes de los partidos políticos así como las candidatas y las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos a cargos de elección popular presentarán sus diferentes propuestas de trabajo mediante la exposición de la plataforma electoral.

FORMATO

INSTITUCIONES ORGANIZADORAS

El Instituto Nacional Electoral será la institución convocante a través de su Junta Local o sus Juntas Distritales Ejecutivas quienes establecerán alianzas con Medios de Comunicación Local, Instituciones Educativas y Organismos de la Sociedad Civil, entre otros de acuerdo a los contextos distritales o local.

Asimismo, será el INE quien en primera instancia proponga la persona que fungirá como moderadora.

Los compromisos de cada alianza estratégica serán definidos a nivel Local o Distrital de acuerdo a las características y contextos de cada lugar bajo la coordinación del INE.

MODALIDAD Y TEMATICAS.

Los debates se realizarán bajo la modalidad de panel en donde las personas participantes responderán una pregunta que se formulará con base a los temas acordados y preguntas propuestas por un grupo de personas expertas.

Los debates entre las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos se desarrollarán de acuerdo a los siguientes temas, exponiendo la plataforma electoral de su partido político:

• Economía y empleo.
• Educación.
• Desarrollo social y población indígena.
• Igualdad de oportunidades para las mujeres y políticas de inclusión.

ETAPAS DEL DEBATE.
El debate se desarrollará en las etapas siguientes:

1. Presentación del Debate. Se concederán 3 minutos para que una persona representante del INE, preferentemente el Vocal Ejecutivo o la Vocal Ejecutiva Local o Distrital, presente a las instituciones organizadoras, el concepto y el objetivo del debate.

2. Explicación del Debate por parte de la Persona Moderadora. Se concederán cinco minutos para que se explique brevemente las temáticas y las etapas del debate así como el procedimiento del sorteo de ubicación y el orden de intervención.

3. Presentación en tribuna libre. Se concederán dos minutos y medio a cada candidato, candidata o dirigente estatal de partido político para que presente de manera general la plataforma de campaña.

4. Ronda de preguntas. La ronda de preguntas se iniciará bajo el esquema aleatorio lúdico de “Jeopardy” en donde se proyectará en una pantalla una matriz compuesta de 4 columnas con la temática señala y tantas filas como personas candidatas o dirigentes de los partidos políticos que hayan confirmado su participación. En cada intersección habrá una pregunta, como se detalla en el siguiente cuadro:

LOGOTIPO
INE
Economía y empleo
Educación.

Desarrollo social y población indígena.
Igual de oportunidades para las mujeres y políticas de inclusión

1
Pregunta
Pregunta
Pregunta
Pregunta
2
Pregunta
Pregunta
Pregunta
Pregunta
3
Pregunta
Pregunta
Pregunta
Pregunta

Cada persona candidata o dirigente de partido político escogerá, de acuerdo al orden de intervención, una intersección, por ejemplo “Educación, 3” y se mostrará la pregunta que existe detrás de esa intersección. La persona moderadora leerá en voz alta la pregunta en no más de 30 segundos. Se le concederán dos minutos a cada candidato, candidata o dirigente estatal de partido político sorteado que exponga la respuesta a la pregunta que se le formule.

5. Réplica entre las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos. Antes de iniciar el debate, se entregará a cada persona participante tres papeletas enumeradas del uno al tres. Por cada ronda de preguntas, la persona moderadora concederá hasta tres intervenciones de réplica. Las primeras tres personas que levanten su papeleta, serán las tres intervenciones de réplica a las que se les concederá la palabra. La persona moderadora irá concediendo la palabra conforme al orden que se levanten las papeletas. Cada candidato o candidata o dirigente estatal de partido político, tendrá derecho a tres intervenciones de réplica a lo largo de todo el debate y será decisión personal en qué momento hacer uso de ellas. Estas 3 intervenciones podrán usarse en una sola ronda de preguntas o en diferentes. Una vez agotadas estas tres intervenciones de réplica la persona moderadora por ningún motivo podrá otorgar una cuarta intervención de réplica. Cada intervención de réplica tendrá una duración de un minuto.

6. Cierre de la ronda de preguntas. Una vez agotadas las intervenciones de réplica, el candidato, candidata o dirigente estatal de partido político que inició la ronda de preguntas tendrá una última intervención misma que tendrá una duración de un minuto y medio. Posteriormente, se inicia otra ronda de preguntas de conformidad con el orden de intervención.

7. Conclusiones finales. Al término de todas las rondas de preguntas, se concederán dos minutos a cada candidato, candidata o dirigente estatal de partido político para emitir sus conclusiones en un espacio de tribuna libre conforme al orden de intervención.

DEL SORTEO DE UBICACIÓN Y ORDEN DE INTERVENCION.

Dentro de los tres días antes de iniciar el debate se convocará a cada candidato, candidata o dirigente estatal de partido político o la persona representante que designe mediante oficio ante la Junta Local o Distrital del INE para efectuar un sorteo en el que se designará la ubicación en el foro y su turno de su participación, de la siguiente manera:

1. En un ánfora se colocarán papeles numerados de acuerdo a la cantidad de las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos registrados.

2. Cada candidato, candidata o dirigente estatal de partido político sacará un papel del ánfora y lo mostrará públicamente para que la persona moderadora anote el número que le correspondió.

3. Las posiciones en el foro se darán de izquierda a derecha según visto desde el público, de acuerdo al número obtenido en orden ascendente.

4. Iniciará la primera ronda el candidato, candidata o dirigente estatal de partido político que obtuvo el numero UNO y las réplicas se realizarán conforme a lo señalado en el apartado Réplica entre las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos.

5. La segunda ronda la iniciará el candidato, candidata o dirigente estatal de partido político que obtuvo el número DOS y el resto realizará su réplica conforme al apartado Réplica entre las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos, así sucesivamente hasta agotar los temas.

6. Si existen menos personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos que etapas del debate se reiniciará el procedimiento.

7. La Junta Local o Distrital del INE registrará en una minuta de trabajo los resultados del sorteo de ubicación y orden de intervención y se entregará a cada candidato, candidata o dirigente estatal de partido político o la persona representante que designada.

DEL PROCEDIMIENTO DE ELABORACION DE PREGUNTAS.

1) Reglas para la formulación de preguntas:

• Contendrán una sola idea.
• No se formularán en sentido negativo.
• Se evitará personalizar o agredir a una administración pública o funcionario o funcionaria pública en particular.
• Deben formularse de manera que se puedan responder en términos generales.
• Deben ser precisas y concretas, evitando que sean capciosas, es decir, que no confundan al candidato, candidata o dirigente estatal de partido político.
• Las preguntas evitarán en todo momento contener lenguaje sexista, no incluyente o que genere expresiones de discriminación hacia un grupo o sector de la sociedad.

2) Para que las preguntas que se realicen en el debate, a que se refiere el punto anterior no sean conocidas previamente por ninguna de las personas participantes, serán elaboradas atendiendo al procedimiento que enseguida se detalla:

A. Cada Junta Local o Distrital del INE citará a 9 personas representativas de los diferentes sectores de la sociedad unas horas antes del inicio del debate que formarán la “Comisión redactora” y un o una Vocal de la Junta Local o Distrital del INE, quienes se establecerán en un inmueble cercano al lugar sede del evento y trabajarán a puerta cerrada en la elaboración de las preguntas.

B. Una vez reunida la Comisión Redactora para la elaboración de las preguntas del debate, procederá a nombrar a una persona presidente. El o la Vocal del INE fungirá como secretario o secretaria. La primera tendrá la encomienda de coordinar el proceso; y la segunda, de registrarlo.

C. Quien reciba la designación de presidente o presidenta abrirá el sobre de instrucciones para la elaboración de las preguntas del debate y las leerá al resto de la concurrencia procediendo a iniciar el proceso.

D. Al término del proceso, la persona secretaria escribirá las preguntas finales en el medio electrónico que servirá como panel de “Jeopardy” que se señala en el apartado de Ronda de preguntas. Este archivo se trabajará y guardará en todo momento en una memoria USB, sin registrar copia alguna en otro equipo informático.

E. Concluido el registro de preguntas en el medio electrónico se guardará la memoria USB en un sobre que será sellado con cinta y sobre ésta se asentarán las firmas de todo el grupo de trabajo.

F. La reunión se dará por finalizada al menos 30 minutos antes de iniciar el debate. En éste momento el presidente o presidenta entregará a la persona moderadora el sobre sellado que contendrá la pantalla del Jeopardy, quien en su momento y de acuerdo al orden establecido en la rifa, las hará efectivas con los las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos.

3) Instrucciones que las Juntas Distritales y la Junta Local entregarán a las personas seleccionadas que elaborarán las preguntas del debate.

A. Los temas sobre los que se elaborarán las preguntas serán:
• Economía y empleo.
• Educación.
• Desarrollo social y población indígena.
• Derechos humanos con perspectiva de género.

B. Cada integrante del grupo redactor formulará las preguntas que resulten de la siguiente fórmula:

C. El presidente o la presidenta leerá las preguntas, las cuales serán clasificadas de acuerdo a los temas y si existen repeticiones o similitudes se fusionarán. El secretario o secretaria las anotará en un rotafolio o una pizarra.

D. La siguiente etapa consistirá en el análisis de las preguntas, su valoración y elección de las mejores hasta contar con la cantidad necesaria según el número de las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos participantes en el debate.

E. Finalmente las preguntas elegidas serán capturada por la persona secretaria en el medio electrónico que previamente le habrá entregado la Junta Local o Distrital, y que serán entregados por quien presida el grupo a la persona moderadora.

RECOMENDACIONES PARA LAS RESPUESTAS DE LOS LAS PERSONAS CANDIDATAS O DIRIGENTES ESTATALES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS.

La persona moderadora realizará las siguientes recomendaciones antes y durante el desarrollo del debate, cuando se considere pertinente:

• Responder al tema cuestionado.
• No utilizar agresiones ni alusiones a la vida privada de las personas participantes.
• Las respuestas deben ser precisas y concretas.
• Evitar en todo momento lenguaje sexista o que denigre a un grupo o sector de la sociedad.

DE LA PERSONA MODERADORA

1) Selección.
El nombramiento será realizado por la Junta Local o Distrital del INE.

2) Funciones.
a. Concretarse a la lectura de las preguntas.
b. Cuidar el orden establecido en este formato y las reglas de civilidad.
c. La persona moderadora se abstendrá de emitir juicios de valor y alusiones personales a las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos.
d. Se deberán cuidar los tiempos convenidos para cada etapa haciendo los señalamientos preventivos antes de retirarle la palabra al candidato, candidata o dirigente estatal de partido político.
e. Solo podrá interrumpir cuando:
• Existan insultos.
• Se sobrepasen del tiempo estipulado.

ASISTENTES AL EVENTO.

Al debate podrán asistir, con rigurosa invitación, las personas que la Junta Local o Distrital del INE determine. Las alianzas estratégicas podrán hacer propuestas cuya consideración final recaerá en el Vocal Ejecutivo o Vocal Ejecutiva de la Junta Local o Distrital del INE.

NUMERO DE DEBATES Y PARTICIPACION.

Cada Junta Local o Distrital del INE realizará un debate y decidirá sobre la fecha y sede de realización del debate en coordinación con las alianzas estratégicas. La Junta Local o Distrital del INE se coordinará con las alianzas estratégicas para acordar los detalles de la logística en la sede y de transmisión y/o difusión del debate.

DESARROLLO.

Deberán realizarse antes del día treinta de mayo de dos mil quince.
La sede del debate deberá garantizar seguridad, facilidades para la cobertura del medio o medios de comunicación -donde se requiera- y, en general, ajustarse a las condiciones particulares que señale la Junta Local o Distrital del INE.
La sede del debate y la transmisión y/o difusión del mismo deberán apegarse a los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad que rigen al Instituto Nacional Electoral.

REGLAS DE CIVILIDAD

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 30 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que en su numeral 1 señala como algunos de los fines del Instituto Nacional Electoral el contribuir al desarrollo de la vida democrática, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, preservar el fortalecimiento del régimen de los partidos políticos y llevar a cabo la promoción del voto así como coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática; así como de conformidad con el artículo 3 de la Ley General de Partidos Políticos que en su numeral 1 señala que los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público; y a efecto de desarrollar el debate entre las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos del Estado en el proceso electoral del 2015 dentro de un marco de certeza y equidad, quienes accedan a participar en los debates se suscribirán a las presentes REGLAS DE CIVILIDAD:

1.-DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

a. Al interior de la sede del debate no se podrá fijar propaganda política de ningún tipo ni las personas asistentes podrán portar vestimenta con alusión a algún partido político.

b. Solamente podrán ingresar al recinto las personas acreditadas oficialmente ante la Junta Local o Distrital del INE que corresponda, hasta 48 horas antes del día del debate. La Junta Local o Distrital del INE expedirá una lista oficial mediante la cual se operará el ingreso.

c. Los partidos políticos no propiciarán o realizarán mítines fuera del recinto el día del debate y no podrán usar ningún tipo de equipo de perifoneo en el exterior de aquél e indicarán expresamente a sus militantes y simpatizantes para que no asistan al evento aun cuando pretendieran permanecer fuera del recinto, invitándoles para que le den seguimiento por los medios masivos de comunicación.

2.- DE LOS LAS PERSONAS CANDIDATAS O DIRIGENTES ESTATALES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

a) Las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos deberán responder sin agresiones, ni alusiones a la vida privada de las demás personas.

c) Se deberán conducir en forma respetuosa hacia el público y a la ciudadanía en general, sin proferir en su discurso palabras y señas obscenas así como lo señalado en el apartado de Recomendaciones para las respuestas de los las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos.

d) Deberán ajustarse estrictamente a los tiempos y orden de participación, los sorteos del orden de participación son inmodificables y no pueden intercambiar lugares de participación entre las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos.

e) El día que cada Junta Local o Distrital del INE disponga para celebrar el debate, las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos deberán estar presentes en el lugar establecido con el tiempo de antelación que acuerde la misma Junta. Una vez iniciado el debate no se permitirá la participación al candidato, candidata o dirigente estatal de partido político que llegue con posterioridad.

3.- DEL PUBLICO ASISTENTE

Las personas autorizadas para ingresar al recinto deberán permanecer calladas, sin hacer expresiones a favor ni en contra de ninguno de las personas candidatas o dirigentes estatales de los partidos políticos, debiendo guardar en todo momento el respeto; en caso de que no se cumpla con lo anterior, se invitará a la persona respectiva a abandonar el recinto y en su caso se le podrá obligar a ello.

4.- DISPOSICIONES GENERALES

a) Durante el desarrollo del debate no se permitirá el uso de equipos de comunicación, (teléfonos celulares, radios, tabletas, etc.). A quien viole esta regla se le invitará a salir del recinto y en su caso será obligado a ello.

b) Las personas asistentes deberán acudir con el suficiente tiempo de antelación y presentar su pase de ingreso al local en donde se realice el debate antes de que éste dé inicio. Una vez que de inicio, se cerrará la puerta y ya no se permitirá el acceso, aún cuando hubiese personas formadas en espera de ingresar.

c) Al ingresar al recinto se verificará la acreditación en el módulo que al efecto se destine para ello.

d) Las cuestiones no previstas en estos Lineamientos así como las adaptaciones y precisiones que se requieran a fin de garantizar el apego a los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad que rigen al Instituto Nacional Electoral serán atendidas por el Vocal Ejecutivo o la Vocal Ejecutiva de la Junta Local o Distrital del INE.

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