La «muerte correcta», privilegio de unos cuantos. El caso de Alain Delon
La fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados, propuso una iniciativa de reforma constitucional, denominada Ley General de Voluntad Anticipada, cuyo argumento central es que “el derecho a la vida digna contiene de manera implícita el derecho a la muerte digna.
Por Juan Carlos Díaz Carranza*
CIUDAD DE MÉXICO (apro).-La noticia de la petición del actor Alain Delon para tener un suicidio asistido, a los 86 años, revive el debate sobre el derecho del individuo para decidir su propia muerte. Una facultad expresa en Suiza, lugar de residencia del icónico actor italiano, pero negada por el derecho positivo mexicano.
Recientemente la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados, propuso una iniciativa de reforma constitucional, denominada Ley General de Voluntad Anticipada, cuyo argumento central es que “el derecho a la vida digna contiene de manera implícita el derecho a la muerte digna”. Si bien, esta aseveración genera simple empatía, la propuesta es incompleta porque no atiende de fondo el verdadero problema: no podrá existir “muerte digna” con el desabasto existente de medicamentos para paliar el dolor.
En México, 27 millones de personas están condenadas a padecer dolores agudos y graves, sólo 5 de 100 de ellos pueden alcanzar tratamientos adecuados para disminuir su sufrimiento como enfermos terminales, de acuerdo a las cifras de la Asociación Mexicana para el Estudio y Tratamiento del dolor.
Solo un puñado de mexicanos pueden vivir dignamente hasta que les llegue la muerte, aunque sufran o piensen que » el envejecimiento apesta» como escribió Delon en su carta de despedida, hecha pública en estos días.
Avances normativos
Desde el 2008, con la Ley de Voluntad Anticipada, del entonces Distrito Federal, así como a la Ley General de Salud, replicada años después por más de la mitad de los estados en nuestro país, hemos dado tres grandes avances normativos en la atención de pacientes en la etapa final de su vida: 1) actualmente se reconoce la decisión de un enfermo de rechazar los tratamientos que prolonguen de manera innecesaria su vida, los enfermos pueden decidir cómo morir, pero no cuando; 2) seguridad al médico para que, en ese supuesto, no tenga consecuencias penales por no impedir la muerte de su paciente, y 3) se establece la obligatoriedad de brindar cuidados paliativos a los pacientes en situación terminal. Este último supeditado a la suficiencia de abasto de morfina y de medicamentos opiáceos, para que las víctimas de los dolores generados por enfermedades terminales puedan acceder a los cuidados paliativos.
Sin embargo, en México los avances legislativos resultan notoriamente insuficientes. Así lo demuestra un estudio del Instituto de Estudios Avanzados para las Américas, de la Universidad de Miami, que expone la grave situación en México con más de 500 mil personas que mueren anualmente con sufrimiento a causa de problemas de su salud. Y que el abasto de medicamentos para controlar el dolor es de apenas el cuatro por ciento. La situación se agudiza al no ser una prioridad en las Instituciones de Educación Superior. Sólo el 15% de las universidades de medicina en el país tienen en su plan de estudios materias o cursos obligatorios en torno a los cuidados paliativos y el control del dolor.
Si bien, el desarrollo del conocimiento científico y la erradicación de enfermedades propiciaron el aumento de la esperanza de vida del mexicano, es necesario precisar que esta longevidad viene aparejada de enfermedades crónico-degenerativas que anualmente causan más de 80,000 muertes, de acuerdo a cifras del Inegi. A ello se suman otros trastornos como la diabetes, la hipertensión arterial, las enfermedades renales crónicas y los neurológicos degenerativos.
Letra muerta
Con el avance de los procedimientos quirúrgicos y la infraestructura hospitalaria, los pacientes y sus familiares buscan trasladar el proceso de la enfermedad del hogar al hospital, incluso en fase terminal aspirando únicamente a paliar el dolor en espera de la muerte.
En respuesta a esa situación, en el año 2010 se promulgó la Ley General de Salud que establece la obligatoriedad de que los establecimientos de salud en México -tanto públicos como privados- deban brindar cuidados paliativos. Estos cuidados incluyen la posibilidad de que el médico, con el acuerdo del paciente o su representante legal, le aplique una sedación, incluso profunda y continua, hasta que llegue la muerte si no hay otros medios de aliviar su sufrimiento. Esta ley introduce el término “ortotanasia”, que literalmente significa “muerte correcta”. El concepto se refiere a la atención que se brinda a un paciente para aliviar su sufrimiento sin adelantar ni postergar su muerte. Pero desafortunadamente estamos aún lejos del cabal cumplimiento de la norma.
¿Y la morfina?
A 12 años de la promulgación de esta ley, parece que el desafío no sólo está en brindar integralmente la mejor calidad de vida posible a los enfermos que ya no es posible curar, así como en otorgar la potestad a los pacientes respecto a sus decisiones del final de su vida. El reto está en resolver la falta de morfina en nuestro país. Especialistas estiman que la demanda anual en México para fines médicos es de 20 toneladas, pero desafortunadamente apenas alcanzamos los 700 kilos que tenemos que importar, paradójicamente, teniendo regiones productoras de amapola –de donde deriva la morfina- pero que se enfrentan al paradigma prohibicionista imperante.
Si las propuestas legislativas y las acciones de gobierno no van en el sentido de fortalecer el sistema de salud y el abasto de morfina, la muerte correcta seguirá siendo privilegio de unos cuantos que tengan la capacidad económica de conseguir los medicamentos paliativos, y una condena para muchos enfermos que se atienden en el sector público o que agonizan en sus hogares ante la mirada doliente de sus familiares.
Mexicanos sin la oportunidad de despedirse con dignidad, tal y como lo desea Delon luego de sufrir dos infartos cerebrales y la pérdida de su pareja.
*Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca.